ANEXO VI:COMPETENCIAS DE LAS COMISIONES PARLAMENTARIAS PERMANENTES(1)
XII.Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor
Comisión competente para:
1.la coordinación a nivel de la Unión de la legislación nacional en el ámbito del mercado interior y para la unión aduanera, en particular:
(a)la libre circulación de mercancías, incluida la armonización de la normativa técnica,
(b)el derecho de establecimiento,
(c)la libre prestación de servicios salvo en el sector financiero y postal;
2.el funcionamiento del mercado único, incluidas las medidas destinadas a la identificación y eliminación de obstáculos potenciales para la implantación del mercado único, incluido el mercado único digital;
3.el fomento y la protección de los intereses económicos del consumidor, salvo en cuestiones de salud pública y seguridad alimentaria;
4.la política y la legislación en materia de respeto de las normas del mercado único y de derechos de los consumidores.