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Propuesta de resolución - B8-0166/2019Propuesta de resolución
B8-0166/2019

PROPUESTA DE RESOLUCIÓNsobre la situación en Nicaragua

11.3.2019-()

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo123, apartado2, del Reglamento interno

Ramón Jáuregui Atondo, Elena Valencianoen nombre del Grupo S&D

Véase también la propuesta de resolución comúnRC-B8-0165/2019

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Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento:
B8-0166/2019
Textos presentados :
B8-0166/2019
Textos aprobados :

8‑0166/2019

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Nicaragua

()

El Parlamento Europeo,

–Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Nicaragua, y en particular las de 18 de diciembre de 2008[1], 26 de noviembre de 2009[2], 16 de febrero de 2017[3] y 31 de mayo de 2018[4],

–Visto el Acuerdo de Asociación de 2012 entre la Unión Europea y Centroamérica,

–Vistos el Documento de Estrategia Nacional y el Programa Indicativo Plurianual 2014-2020 de la Unión sobre Nicaragua,

–Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966,

–Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

–Vistas las Directrices de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humanos, de junio de 2004,

–Vista la Constitución de Nicaragua,

–Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores de 21 de enero de 2019 sobre Nicaragua,

–Vistas las declaraciones efectuadas por la alta representante en nombre de la Unión sobre la situación en Nicaragua los días 2 de octubre de 2018, 15 de mayo de 2018, 22 de abril de 2018 y 15 de diciembre de 2018, y sobre la reanudación del diálogo nacional el 1 de marzo de 2019,

–Vistas las Conclusiones del Consejo sobre las prioridades de la UE para2019 en los foros de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, adoptadas el 18 de febrero de 2019,

–Visto el Informe titulado «Graves violaciones a los derechos humanos en el marco de las protestas sociales en Nicaragua», aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 21 de junio de 2018,

–Visto el Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las violaciones de derechos humanos y los abusos en el contexto de las protestas en Nicaragua, de 18 de abril a 18 de agosto de 2018,

–Visto el Informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), de 20 de diciembre de 2018, sobre los hechos de violencia ocurridos entre el 18 de abril y el 30 de mayo de 2018 en Nicaragua,

–Vista la declaración de 22 de febrero de 2019 de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, sobre la criminalización de la disidencia en Nicaragua,

–Visto el artículo123, apartado2, de su Reglamento interno,

A.Considerando que, el 31 de mayo de 2018, el Parlamento Europeo aprobó una resolución sobre la crisis en Nicaragua en la que condena firmemente la situación; que, para dar seguimiento a dicha resolución, una delegación de once diputados al Parlamento Europeo visitó el país del 23 al 26 de enero de 2019 con objeto de evaluar la situación sobre el terreno; que el diálogo nacional iniciado el 16 de mayo de 2018 entre el presidente Ortega y la oposición y grupos cívicos nicaragüenses, con la mediación de la Iglesia Católica, ha sido incapaz de hallar una solución a la crisis;

B.Considerando que la delegación pudo seguir su propio programa y que el Gobierno de Nicaragua autorizó el acceso a las instalaciones solicitado por los diputados, incluidos dos centros penitenciarios; que el Gobierno de Nicaragua ofreció garantías de que no se ejercerían represalias contra quienes denunciaran la situación actual; que la delegación pudo comprobar a la campaña de acoso, difamación e intimidación dirigida contra los defensores de los derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil con los que mantuvo intercambios de puntos de vista; que muchas organizaciones declinaron las invitaciones para reunirse con la delegación debido a intimidaciones y amenazas dirigidas por el Gobierno; que la represión se ha intensificado desde la visita de la delegación al país;

C.Considerando que la delegación rechazó públicamente la posición oficial del Gobierno de Nicaragua, según la cual han sido víctimas de un golpe de Estado orquestado por los Estados Unidos, así como de campañas de desinformación; que el principal motivo que alimenta las manifestaciones ha sido la profunda crisis democrática, institucional y política que, durante la última década, ha afectado al Estado de Derecho y ha restringido las libertades fundamentales en el país, libertades como las de asociación, manifestación y reunión;

D.Considerando que muchas personas están viendo gravemente restringidas sus libertades de expresión, reunión y manifestación, incluida la utilización del himno nacional; que existe un considerable número de presos políticos que han sido encarcelados por el mero ejercicio de sus derechos; que, según diversas informaciones preocupantes, la situación de los detenidos ha empeorado, también con tratos inhumanos;

E.Considerando que los procedimientos judiciales contra esas personas detenidas infringen las normas internacionales, en particular las garantías procesales y penales del derecho a un juicio justo; que las condiciones carcelarias tampoco cumplen adecuadamente las normas internacionales; que existe una falta clara de separación de poderes en Nicaragua;

F.Considerando que el derecho a la información está gravemente amenazado; que se está deteniendo y amenazando a periodistas, que también se ven abocados al exilio; que se están produciendo cierres y registros sin autorización judicial previa de medios audiovisuales; que la publicación de periódicos se ve amenazada por la falta de papel y tinta, confiscados por el Gobierno de Nicaragua;

G.Considerando que el Gobierno de Nicaragua ha expulsado del país a organizaciones internacionales tales como el GIEI y el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), que buscaban la solución pacífica del conflicto y la reconciliación nacional; que la represión contra las organizaciones de la sociedad civil se ha intensificado, al verse estas privadas de su estatuto jurídico en un país con un marco institucional deficiente, lo que constituye un doble castigo para las víctimas de la represión;

H.Considerando que la libertad académica también se ve amenazada; que casi 200 estudiantes universitarios han sido expulsados de las universidades por su participación en manifestaciones en favor de la democracia, de una mayor libertad y de los derechos humanos;

I.Considerando que el desarrollo y la consolidación de la democracia y el Estado de Derecho, así como el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, deben formar parte integrante de las políticas exteriores de la Unión, incluido el Acuerdo de Asociación celebrado en 2012 entre la Unión Europea y los países de Centroamérica; que este acuerdo incluye una cláusula democrática, que es un elemento esencial del acuerdo;

J.Considerando que la presencia de la delegación del PE ha tenido un enorme impacto político y social en el país; que la acción política de la delegación ha despertado grandes expectativas en la oposición política y los movimientos sociales de Nicaragua; que la Delegación del SEAE en Managua está realizando un trabajo excelente sobre el terreno para coordinar los esfuerzos de la UE;

K.Considerando que el 27 de febrero de 2019 se reanudaron las conversaciones exploratorias para un diálogo nacional entre el Gobierno de Nicaragua y la Alianza Cívica; que la Alianza Cívica ha establecido sus tres objetivos principales que deben alcanzarse durante las negociaciones, a saber: la liberación de los presos políticos y el respeto de las libertades individuales, las reformas electorales necesarias, que deben culminar en la celebración de elecciones, y la justicia; que el Gobierno de Nicaragua ha liberado a 100 presos políticos, aceptando conmutar sus penas de cárcel por el arresto domiciliario; que el número de presos que siguen encarcelados es elevado;

L.Considerando que el 5 de marzo se alcanzó un acuerdo entre la Alianza Cívica y el Gobierno de Nicaragua sobre una hoja de ruta para las negociaciones («Hoja de Ruta de la Negociación»); que, de conformidad con dicha hoja de ruta, las negociaciones se están llevando a cabo día a día; que el plazo para las negociaciones concluirá el 28 de marzo;

M.Considerando que estos hechos se deben probablemente a la presión internacional sobre el Gobierno de Nicaragua y, en particular, a la agenda política elaborada por el Parlamento Europeo durante su visita al país; que la eficacia de la presión y la influencia del Parlamento Europeo está dando lugar a un nuevo proceso de diálogo;

1.Subraya que Nicaragua está sufriendo una grave vulneración de la democracia, del respeto de los derechos humanos y del Estado de Derecho a raíz de los acontecimientos que tuvieron lugar en abril y mayo de 2018; reitera la importancia de su Resolución de 31 de mayo de 2018;

2.Condena todas las acciones represivas del Gobierno de Nicaragua; declara que la visita realizada por su delegación permitió conocer la situación real actual; que, sin duda alguna, en los últimos meses, y en particular tras dicha visita, se ha producido un aumento de la represión de la oposición y de las limitaciones impuestas a las libertades fundamentales; condena, a este respecto, la represión generalizada y la restricción de la libertad de expresión, de reunión y de manifestación, la ilegalización de organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil, la expulsión de organizaciones internacionales del país, el cierre y las agresiones contra los medios de comunicación, las limitaciones del derecho a la información, la expulsión de estudiantes de las universidades y el empeoramiento de la situación en las cárceles y el recurso a tratos inhumanos;

3.Considera que estas acciones emprendidas por el Gobierno, sus instituciones y sus organizaciones parapolíticas obedecen a una estrategia planificada para destruir la oposición política que lideró las protestas del año pasado; está convencido de que dicha estrategia se aplica de forma metódica, sistemática y selectiva contra todos los líderes, ONG, medios de comunicación y movimientos sociales que aspiran a expresar sus demandas legítimas de libertad y democracia;

4.Expresa su preocupación por los enormes riesgos democráticos, políticos y económicos a los que se enfrentan las personas y el país, que aumentarán si no se adoptan medidas urgentes, habida cuenta de los enfrentamientos internos, la fractura social y el declive económico actuales; pide, con carácter de urgencia, un diálogo interno significativo para hallar una solución sostenible y pacífica que permita a todos los actores de la sociedad disponer de un espacio de actuación y expresión libre, y restablezca sus derechos civiles, como el derecho a la manifestación pacífica; reitera que toda solución debe lograr que rindan cuentas todos los responsables de las vulneraciones; solicita a todos los partidos políticos, los movimientos sociales, los líderes, los estudiantes y las organizaciones de la sociedad civil que mantengan y reiteren su compromiso inquebrantable con una vía pacífica de resolución de la crisis;

5.Lamenta la suspensión del MESENI y la finalización del mandato del GIEI de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; condena enérgicamente la persecución, la detención y la intimidación de que son víctimas las personas que cooperan con las Naciones Unidas y otros organismos internacionales;

6.Pide al Gobierno de Nicaragua que ponga en marcha tres medidas urgentes como señal de su buena voluntad en el diálogo en curso: la liberación inmediata e incondicional de los presos políticos, el cese inmediato de todas las formas de represión contra los ciudadanos nicaragüenses, incluidos el acoso, la intimidación, el espionaje y la persecución de líderes opositores, y la posterior eliminación de todas las restricciones a las libertades mencionadas anteriormente, y la restitución de la personalidad jurídica y los bienes de las organizaciones de derechos humanos y el retorno de las organizaciones internacionales al país;

7.Señala que, en estas condiciones, el proceso debe conducir a: la anulación de los procedimientos judiciales contra los presos políticos y las garantías relativas a su integridad física y moral, su privacidad y sus derechos procesales; el retorno de los exiliados, incluidos periodistas y estudiantes; la desmilitarización de las calles y el desarme de los grupos paramilitares; el establecimiento, en un futuro próximo, de una hoja de ruta clara para la celebración de elecciones libres, justas y transparentes, con la presencia de observadores internacionales;

8.Pide al SEAE que, junto con las organizaciones internacionales y los países de la región, promueva un enfoque político de las negociaciones internas entre el Gobierno y la oposición que conduzca a un marco electoral transparente y creíble, aceptado por todos como un nuevo camino hacia la reconciliación social y democrática; recuerda el papel fundamental de la UE en la resolución de esta crisis y, por lo tanto, insta a la VP/AR y a los Estados miembros a que elaboren una estrategia conjunta que atienda a las demandas del pueblo nicaragüense respondiendo a las enormes expectativas y esperanzas generadas por la delegación del PE;

9.Pide a la VP/AR y al SEAE que supervisen de cerca las actuales negociaciones y el proceso de diálogo que se está llevando a cabo en el país entre el Gobierno y la Alianza Cívica, y pide a los países de la región y a la Organización de Estados Americanos que apoyen dichos procesos, que deberían conducir a un acuerdo satisfactorio;

10.Pide a la VP/AR que responda a los progresos alcanzados por este proceso renovado de diálogo y negociación apoyando la consolidación de las capacidades institucionales del Estado y las reformas del sistema judicial y la ley electoral; pide a la VP/AR y a la Delegación del SEAE en Managua que coordinen los esfuerzos continuados de la UE para abordar los problemas humanos derivados de la situación creada en el país en relación con los estudiantes, los manifestantes o los periodistas, entre otros;

11.Pide al SEAE y a los Estados miembros que respondan al estancamiento del proceso de negociación o al incumplimiento de las condiciones establecidas en el apartado6 mediante la aplicación de un procedimiento escalonado de sanciones específicas e individuales, como la prohibición de visados y la congelación de activos, contra el Gobierno de Nicaragua y las personas responsables de violaciones de los derechos humanos, en consonancia con las conclusiones del Consejo de 21 de enero de 2019; recuerda que, solo como último recurso y sin que ello perjudique a la población, se podría activar la cláusula democrática del Acuerdo de Asociación del que Nicaragua es parte signataria, y que se podría suspender a Nicaragua del acuerdo hasta que se respeten plenamente los derechos humanos y se restablezcan totalmente las libertades fundamentales en el país, tal como se pedía en el marco del diálogo;

12.Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al secretario general de la Organización de Estados Americanos, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, al Parlamento Centroamericano, al Grupo de Lima y al Gobierno y al Parlamento de la República de Nicaragua.

Última actualización: 11 de marzo de 2019
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