Resolución del Parlamento Europeo, de 3 de abril de 2025, sobre los ataques dirigidos contra cristianos en la República Democrática del Congo: defensa de la libertad de religión y la seguridad ()
El Parlamento Europeo,
–Vistas sus anteriores resoluciones sobre la República Democrática del Congo (RDC),
–Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos,
–Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
–Vista la Constitución de la República Democrática del Congo (RDC), que garantiza el derecho a la libertad de conciencia y el libre ejercicio del culto religioso para todos sus ciudadanos,
–Vista la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de noviembre de 1981,
–Visto el Convenio Europeo de Derechos Humanos,
–Visto el artículo136, apartados2 y 4, de su Reglamento interno,
A.Considerando que el este de la RDC lleva sufriendo décadas de violencia e inestabilidad generalizadas; que la situación sigue deteriorándose significativamente, ya que las persistentes violaciones de los derechos humanos por parte de grupos armados, los desplazamientos masivos, los ataques a civiles y las alarmantes condiciones humanitarias exacerbadas por los conflictos armados —como el conflicto entre el Gobierno congoleño, el grupo rebelde armado respaldado por Ruanda Movimiento 23 de marzo (M23) y otras milicias— ya han dado lugar a un desplazamiento interno forzoso de 4,6millones de personas en el este de la RDC; que se calcula que en el este de la RDC operan alrededor de ciengrupos armados distintos; que el solapamiento de diferentes problemas está desestabilizando el país;
B.Considerando que el M23 ha intensificado los ataques en Kivu del Norte y, el 19de marzo de2025, ocupó Walikale, una localidad rica en minerales, lo que supone una violación del alto el fuego;
C.Considerando que las Fuerzas Democráticas Aliadas (FDA) constituyen uno de los grupos extremistas más notorios con objetivos explícitamente religiosos, en particular desde que su líder juró lealtad al autodenominado Estado Islámico de Irak y Siria (EIIS) en2019 y su grupo se convirtió en la filial del EIIS en la Provincia del África Central; que los ataques de las FDA deben considerarse en el contexto africano más amplio de un aumento del número de grupos islamistas, en particular los afiliados al EIIS, en la región del Sahel, el Cuerno de África, Mozambique, Nigeria y la RDC; que Uganda y los Estados Unidos han clasificado a las FDA como grupo terrorista;
D.Considerando que, en mayo de 2024, el Grupo de Expertos de las Naciones Unidas sobre la RDC advirtió de que el grupo armado había establecido redes sólidas en las cárceles, en particular en Kinsasa, donde los detenidos de las FDA participaban activamente en el reclutamiento y la movilización de combatientes y colaboradores, utilizando no solo medios ideológicos, sino también coacciones, engaños, secuestros e incentivos financieros para atraer a miembros y colaboradores;
E.Considerando que la FDA tiene un largo historial de atentados terroristas en el este de la RDC, en particular en las provincias de Kivu del Norte e Ituri; que Kivu del Norte es una región rica en recursos, con enormes suministros de materias primas fundamentales, como cobalto, oro y estaño, que son necesarios para las transiciones digital y energética mundiales; que es sabido que las FDA y otros grupos armados como el M23 cuentan, entre sus fuentes de financiación, con la explotación ilegal de estos recursos para financiar sus actividades; que la Iglesia católica congoleña afirma que las FDA fueron responsables de la muerte de unos seismilciviles en Beni entre2013 y2021 y de más de dosmil en Bunia solo en2020; que los yihadistas asesinaron a un gran número de cristianos en la RDC en2024; que los civiles de las provincias orientales de la RDC se enfrentan a un número cada vez mayor de ataques, asesinatos y secuestros, así como a bombardeos de iglesias y a la destrucción de sus bienes (religiosos) a manos de grupos armados con ideologías yihadistas y extremistas; que la mayoría de las víctimas de los ataques de las FDA son cristianos; que estos ataques socavan la libertad religiosa y agravan las tensiones entre comunidades; que los obispos católicos de la RDC se pronunciaron en una declaración de abril de2021 sobre la amenaza de la islamización de la región (Kivu del Norte), que definieron como una especie de estrategia más profunda para ejercer una influencia negativa a largo plazo en la situación política general del país;
F.Considerando que en 2021 un destacado líder musulmán local recibió amenazas de muerte por parte de las FDA y fue abatido a tiros posteriormente; que en2023 las FDA bombardearon una iglesia pentecostal de Kasindi durante una ceremonia religiosa, causando la muerte de catorcepersonas; que se ha relacionado a las FDA con un ataque contra el pueblo de Mukondi en 2023, el cual se ha cobrado la vida de al menos cuarenta y cuatrociviles según las autoridades locales; que el grupo reivindicó cuarentayochoataques solo en diciembre de2024, en los que murieron más de doscientaspersonas; que, en enero de2024, las FDA asesinaron a ochopersonas en Beni durante un ataque contra una iglesia pentecostal y que, en mayo de2024, unos asaltantes de las FDA supuestamente asesinaron a catorcecatólicos en la provincia de Kivu del Norte por su negativa a convertirse al islam; que las FDA también habrían ejecutado a oncecristianos en el pueblo de Ndimo, en la provincia de Ituri, y secuestrado a varios cristianos más;
G.Considerando que las organizaciones locales e internacionales de derechos humanos han documentado numerosos casos de violencia religiosa en la RDC y subrayado la urgente necesidad de que el Estado brinde una protección adecuada; que, si bien el Gobierno de la RDC ha demostrado su firme intención de combatir los efectos de la violencia de los grupos armados en el este de la RDC, otros sucesos recientes ponen en tela de juicio el compromiso del Gobierno de proteger específicamente la libertad de religión; que las mujeres y los niños son especialmente vulnerables a la violación como arma de guerra, a la trata de seres humanos y a la esclavitud sexual;
H.Considerando que las Fuerzas Armadas de la RDC están llevando a cabo a la Operación Shujaa, una ofensiva militar emprendida conjuntamente con las Fuerzas Populares de Defensa de Uganda contra las FDA y otras fuerzas insurgentes en el este de la RDC desde noviembre de2021; que el conflicto entre el Gobierno de la RDC y los rebeldes del M23 respaldados por Ruanda podría dar lugar a una disminución de los fondos, el personal y los equipos asignados a esta operación antiterrorista;
I.Considerando que el derecho a la libertad de conciencia y de religión es un derecho humano fundamental y debe protegerse, habida cuenta del elevado nivel de violencia y persecución; que la Constitución de la RDC consagra la libertad de religión y prohíbe la discriminación basada en las creencias religiosas;
J.Considerando que más de sietemillones de personas se encuentran actualmente desplazadas en la RDC debido a los conflictos en curso y tienen un acceso limitado a alimentos, agua, atención sanitaria y servicios esenciales; que las autoridades estatales y los grupos de rebeldes tienen obligaciones para con la población civil en virtud del Derecho internacional humanitario, entre ellas la protección y facilitación del acceso a la ayuda humanitaria y la autorización de la libertad de circulación;
K.Considerando que las mujeres y los niños de la RDC se enfrentan a un aumento de los niveles de violencia sexual y de género, inclusive de violaciones como arma de guerra, lo que se ha traducido en un caso de violación cada cuatrominutos;
L.Considerando que la explotación ilegal de los recursos minerales sigue alimentando los conflictos en la región, por lo que se requieren una supervisión internacional más estricta y políticas de abastecimiento responsable;
M.Considerando que, en marzo de 2025, el presidente de la RDC, Félix Tshisekedi, y el presidente de Ruanda, Paul Kagame, emitieron una declaración conjunta en la que anunciaban un alto el fuego; que, a pesar de ello, prosigue la violencia perpetrada por los rebeldes del M23 respaldados por Ruanda;
N.Considerando que la RDC tiene una de las tasas de desplazamiento interno más elevadas del mundo; que muchas mujeres y niños viven en condiciones precarias y corren el peligro de sufrir acoso, ataques, explotación sexual y reclutamiento militar forzoso; que las poblaciones desplazadas a menudo no reciben servicios básicos de salvamento y corren el peligro de sufrir desnutrición y enfermedades; que las ciudades que acogen a desplazados internos en circunstancias precarias también son objeto de ataques por parte de diferentes milicias, lo que causa gran angustia a las comunidades desplazadas y a la población local;
O.Considerando que la Unión se ha comprometido a apoyar la estabilidad en la RDC mediante el compromiso diplomático, la asistencia financiera y sanciones específicas contra los responsables de actos de violencia y violaciones de los derechos humanos; que, pese a que el 17de marzo de2025 la Unión impuso sanciones a nuevepersonas y a una entidad por su implicación en actos que constituyen graves violaciones y abusos de los derechos humanos o que hacen perdurar el conflicto en la RDC, también mediante la explotación ilegal de los recursos, podrían ser necesarias más medidas diplomáticas y económicas;
P.Considerando que el Consejo ha renovado el apoyo financiero de la Unión al despliegue de tropas de las Fuerzas Ruandesas de Defensa en Mozambique con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz; que el jefe de estas fuerzas fue enviado anteriormente al este de la RDC para apoyar los abusos cometidos por los rebeldes del M23 respaldados por Ruanda, lo que suscita serias dudas sobre si el apoyo del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz lleva asociadas garantías suficientes, tales como una investigación eficaz y otros requisitos en materia de derechos humanos;
Q.Considerando que la Unión Europea ha reafirmado reiteradamente su compromiso con la promoción y la protección de la libertad de religión en todo el mundo y ha adoptado medidas para luchar contra la persecución y la intolerancia religiosas en diversas partes del mundo; que los cristianos son el mayor colectivo religioso perseguido del mundo;
R.Considerando que el Parlamento ha pedido reiteradamente que se intensifiquen los esfuerzos internacionales para luchar contra la persecución religiosa y para exigir responsabilidades a los autores de los ataques contra las comunidades minoritarias;
1.Condena enérgicamente la ocupación de Goma y otros territorios en el este de la RDC por el M23 y las Fuerzas Ruandesas de Defensa como una violación inaceptable de la soberanía y la integridad territorial de la RDC; insta al Gobierno ruandés a que retire sus tropas del territorio de la RDC, cuya presencia constituye una clara violación del Derecho internacional y de la Carta de las Naciones Unidas, y a que ponga fin a la cooperación con los rebeldes del M23; pide que Ruanda y todos los demás agentes estatales potenciales de la región dejen de respaldar al M23;
2.Expresa su profunda inquietud por la alarmante perpetuación de la violencia; lamenta la pérdida de vidas humanas y los ataques, tanto indiscriminados como selectivos, contra civiles; expresa su profunda preocupación por el empeoramiento de la crisis humanitaria y de seguridad en el este de la RDC en su conjunto; pide el cese inmediato de todas las formas de violencia y el compromiso de todas las partes implicadas en el actual conflicto en el este de la RDC de respetar el Derecho internacional humanitario;
3.Condena enérgicamente los ataques terroristas perpetrados por las FDA contra comunidades cristianas en el este de la RDC —que incluyen asesinatos, secuestros y la destrucción de bienes religiosos—, y pide que se ponga fin inmediatamente a estos actos de violencia; expresa su solidaridad con las familias de las víctimas y con las comunidades cristianas;
4.Repudia enérgicamente al grupo rebelde respaldado por Ruanda del M23 y a las FDA, así como a otros grupos rebeldes, y condena sus atroces violaciones de los derechos humanos, que constituyen crímenes contra la humanidad de conformidad con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI); destaca que no debe haber impunidad para los autores de estos actos y que los responsables deben responder ante la CPI; alienta la creación de una comisión internacional de investigación para examinar las violaciones de los derechos humanos cometidas en la RDC, la prosecución de nuevas investigaciones en Kivu del Norte por parte de la Fiscalía de la CPI y la creación de un tribunal especial para los crímenes atroces cometidos en la RDC, incluidos los delitos cometidos contra comunidades cristianas; apoya los esfuerzos de la Conferencia Episcopal Nacional del Congo y de la Iglesia de Cristo en el Congo, que pusieron en marcha el «Pacto social por la paz y la convivencia en la República Democrática del Congo y la Región de los Grandes Lagos» con el objetivo de restablecer la paz en las provincias orientales del país;
5.Apoya los esfuerzos internacionales contra las FDA, incluida la operación antiterrorista Shujaa llevada a cabo conjuntamente por la RDC y las Fuerzas Armadas ugandesas; anima a los Estados miembros de la Unión a que estudien formas de contribuir a esa lucha, también mediante un mayor esfuerzo para rastrear e interceptar los fondos secretos del EIIS mantenidos en el extranjero y para rastrear toda materia prima procedente de la explotación ilegal por parte de las FDA; solicita a la Unión que respalde el desarrollo de capacidades y los conocimientos especializados necesarios para luchar contra la ideología y la retórica de las FDA, en particular en las comunidades musulmanas tanto de Uganda como de la RDC, a fin de evitar el reclutamiento entre dichas comunidades; pide la aplicación del régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos a los responsables de planificar y ordenar el asesinato de cristianos en la República Democrática del Congo o participar en él;
6.Pide un alto el fuego inmediato y eficaz y la plena aplicación de los acuerdos diplomáticos, incluidos los procesos de paz de Luanda y Nairobi; subraya la urgente necesidad de estabilizar el país y reitera su llamamiento al M23 para que ponga fin a sus avances territoriales y se retire del territorio de la RDC;
7.Reitera su total apoyo a la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en laRDC(MONUSCO) para proteger a la población civil y estabilizar la región; insta a la Unión a que coopere con todos los agentes sobre el terreno, en particular con laMONUSCO, para garantizar la protección de la población civil en el este de la RDC; pide a las Naciones Unidas que trabajen para reforzar el mandato de la MONUSCO con el fin de facilitar el restablecimiento de la paz; pide a las Naciones Unidas que garanticen la protección de la población civil y el respeto del Derecho internacional humanitario;
8.Insta a la comunidad internacional a que aumente el apoyo a los servicios en el este de la RDC, de modo que los civiles que han sufrido ataques puedan acceder a servicios jurídicos y recibir apoyo psicológico; solicita al Gobierno de la RDC que luche contra la propaganda extremista; pide que se establezcan mecanismos de alerta rápida para prevenir los ataques de las FDA y otros grupos armados contra civiles y en su caso responder más eficazmente frente a ellos;
9.Reitera su llamamiento a todas las partes, incluidos los grupos armados que operan en el este de la RDC, para que permitan y faciliten el acceso humanitario a fin de hacer frente a la urgente necesidad de servicios esenciales en el este de la RDC y en los países vecinos, en particular en Burundi; hace hincapié en que los trabajadores humanitarios deben poder trabajar de forma segura al objeto de prestar asistencia vital a los civiles congoleños; subraya que se trata de una obligación fundamental en virtud del Derecho internacional humanitario y que quienes infrinjan estas obligaciones deben rendir cuentas; pide a todas las partes que proporcionen un entorno seguro a las organizaciones de la sociedad civil;
10.Manifiesta su consternación por el escandaloso uso de la violencia sexual contra mujeres y niños como herramienta de represión y arma de guerra en el este de la RDC, así como por el inaceptable reclutamiento de niños soldados por parte de los distintos grupos rebeldes; pide que la comunidad internacional aborde estas cuestiones sin demora;
11.Pide una aplicación más estricta del Reglamento de la Unión en materia de minerales de guerra(1) para evitar que el comercio ilícito abastezca a los grupos armados en la RDC; reitera su anterior llamamiento a la Comisión para que suspenda el memorando de entendimiento entre la Unión y Ruanda; pide a la Comisión que comparta con las autoridades ruandesas una enumeración detallada de los proyectos en curso, así como su evaluación sobre si estos pueden contribuir o no a hacer frente a las violaciones de los derechos humanos, ya sea en Ruanda o en la RDC;
12.Pide a la Unión y a sus Estados miembros que respalden a la RDC en la aplicación de las recomendaciones del informe de2010 de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), entre las que se incluyen reformar el sector de la seguridad, redoblar los esfuerzos para evitar nuevas atrocidades contra la población civil y poner fin al apoyo a grupos armados abusivos o a la colaboración con ellos; insta al Gobierno de la RDC a que garantice la rendición de cuentas por las violaciones de los derechos humanos y enjuicie a los responsables de ataques; pide a la Unión y a sus Estados miembros que respalden a la RDC en la lucha contra la corrupción, el refuerzo de la gobernanza y el Estado de Derecho, la mejora de la seguridad y la garantía de una protección duradera de las comunidades en situación de riesgo, tales como las comunidades religiosas, y que velen por que los autores de ataques sean llevados ante la justicia;
13.Subraya el papel de las comunidades, tales como las comunidades religiosas y las organizaciones confesionales en la RDC, en la promoción de la paz, la cohesión social y el bienestar de las comunidades locales;
14.Pide a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior que redoblen sus esfuerzos diplomáticos colaborando estrechamente con los socios regionales, incluidas la Unión Africana, la Comunidad del África Oriental y las Naciones Unidas, con el fin de lograr una resolución sostenible del conflicto y evitar que los grupos extremistas usen la religión como instrumento de violencia y división;
15.Pide a la Comisión y a los Estados miembros que aumenten la ayuda humanitaria para abordar las necesidades urgentes de las personas desplazadas y las comunidades vulnerables en la RDC, garantizándoles un acceso seguro a alimentos, atención médica y centros de acogida;
16.Apoya la imposición de nuevas sanciones específicas de la Unión contra personas y entidades responsables de financiar la violencia, las violaciones de los derechos humanos y la explotación de recursos, o de participar en ellas; pide la aplicación de las sanciones descritas en el informe de exposición de la ACNUDH;
17.Confirma su compromiso con la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión como un derecho humano fundamental garantizado por instrumentos jurídicos internacionales, cuyo valor universal ha sido reconocido, que la mayor parte de los países del mundo ha suscrito y que está consagrado en la Constitución de la RDC;
18.Se hace eco de los llamamientos en favor de la solidaridad internacional en defensa de la libertad de religión y la protección de las minorías religiosas en las zonas de conflicto, en particular en la RDC, lo que no debe obstar para que al tiempo se aborden las causas profundas del extremismo violento en la RDC y sus países vecinos;
19.Insta a la Unión a que mantenga su compromiso con la promoción de la libertad de religión y la protección de las comunidades, incluidas las comunidades religiosas, garantizando que los derechos de estos colectivos sean prioritarios en las políticas exteriores de la Unión;
20.Observa con preocupación la creciente influencia en África de la iglesia ortodoxa rusa, que es una férrea defensora del régimen de Putin y de su violenta e ilegal guerra contra Ucrania; destaca que este hecho plantea cuestiones importantes en relación con los objetivos geopolíticos e ideológicos más amplios de la Federación de Rusia en África;
21.Lamenta el hecho de que Ruanda anunciara la ruptura de relaciones diplomáticas con Bélgica y expresa su solidaridad con Bélgica;
22.Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y a los Parlamentos de la República Democrática del Congo y de Ruanda, a la Unión Africana, a las secretarías de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo, de la Comunidad para el Desarrollo del África Meridional y de la Comunidad del África Oriental, y a otros organismos internacionales pertinentes.
Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por el que se establecen obligaciones en materia de diligencia debida en la cadena de suministro por lo que respecta a los importadores de la Unión de estaño, tantalio y wolframio, sus minerales y oro originarios de zonas de conflicto o de alto riesgo (DO L130 de 19.5.2017, p.1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/821/oj).