Normas de comportamiento apropiado
El Parlamento Europeo ha establecido una serie de normas para los diputados y el personal sobre transparencia y ética. A continuación le informamos al respecto.
Prevenir el acoso y la discriminación
Los diputados han de abstenerse de cualquier tipo de acoso psicológico o sexual y han de respetar el Código de comportamiento apropiado en el ejercicio de sus funciones (véase el artículo 10, apartado 6, del Reglamento interno).
Con el Código de comportamiento apropiado de los diputados al Parlamento Europeo se aspira a garantizar que los diputados se comporten de manera digna, cortés y respetuosa, exenta de prejuicios y no discriminatoria con todas las personas que trabajan en el Parlamento Europeo.
En consecuencia, se espera de los diputados que observen un comportamiento profesional y que, en sus relaciones con el personal, se abstengan de emplear un lenguaje degradante, insultante, ofensivo o discriminatorio y de toda acción contraria a la ética, denigrante o ilícita.
El Código de comportamiento apropiado figura como anexo al Reglamento interno del Parlamento (anexo II).
Al asumir sus funciones en el Parlamento, los diputados han de firmar una ó por la que confirman que se comprometen a cumplir ese Código.
Los diputados que no firmen la ó no podrán ser elegidos para desempeñar cargos en el seno del Parlamento o de uno de sus órganos, no podrán ser designados ponentes y no podrán participar en delegaciones oficiales o negociaciones interinstitucionales. Todas las declaraciones, firmadas o no, se publican en las páginas de perfil de los diputados en el sitio web del Parlamento. Dado que las firmas de los diputados no pueden publicarse en el sitio web, si una ó está fechada, significa que se firmó ese día.
Definir y resolver los conflictos de intereses
El Código de conducta de los diputados al Parlamento Europeo en materia de integridad y transparencia, establece en sus principios rectores que los diputados han de actuar exclusivamente en favor del interés público y desempeñar su cometido de forma desinteresada y con integridad, transparencia, diligencia, honradez, responsabilidad y respeto de la reputación del Parlamento Europeo.
El Código de conducta define los conflictos de intereses y la forma en que los diputados deben abordarlos, incluida la obligación de los diputados de presentar una ó detallada de sus intereses privados, una ó de patrimonio, cuando proceda, una ó sobre el conocimiento de los conflictos de intereses y de declarar su asistencia a actos organizados por terceros, así como cualquier obsequio recibido a título oficial por un valor aproximado superior a 150 euros.
Asimismo, el Código de conducta obliga a los diputados a publicar todas las reuniones programadas (también en caso de delegación a sus asistentes) con representantes de intereses comprendidos en el ámbito de aplicación del Registro de transparencia y con representantes de las autoridades públicas de terceros países.
Si se considera que un diputado ha infringido el Código, el presidente puede imponerle una sanción. Esta sanción será anunciada por el presidente en sesión plenaria y publicada en el sitio web del Parlamento.
Para más información: Reglamento interno: Artículo 11 - Normas de conducta en materia de integridad y transparencia
Conducta ética del personal
Los funcionarios europeos han de respetar un conjunto de normas en el ejercicio de sus funciones profesionales, tanto durante este como después del cese de sus funciones. Esas normas se recogen en el Estatuto de los funcionarios y en el Código de buena conducta aprobado por la Mesa del Parlamento Europeo, y en virtud de ellas todos los miembros del personal han de cumplir la obligación de independencia, el deber de reserva, el deber de discreción y la obligación de lealtad.
Estas obligaciones y deberes generales son necesarios para preservar la actividad y la reputación de la Unión y de su personal, y se aplican al personal tanto en el ejercicio de sus funciones como en su vida extraprofesional.
Ello significa que se han de declarar inmediatamente cualesquiera intereses relacionados con una empresa u organización que pudieran comprometer el respeto de las mencionadas obligaciones y deberes. Las actividades externas, remuneradas o no, a que se refieren dichas normas han de ser autorizadas previamente.
El personal del Parlamento no puede aceptar donativos o mercedes de terceros sin autorización previa, excepto si el valor del donativo es inferior a 100 euros o a 300 euros en el transcurso de un año.
Por último, cuando un miembro del personal cesa en sus funciones está obligado a comunicar al Parlamento si tiene la intención de participar en algún tipo de actividad remunerada o no.
En relación con el comportamiento apropiado con los grupos de presión, visite nuestra página sobre transparencia y grupos de presión.