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Propuesta de resolución - B8-0173/2019Propuesta de resolución
B8-0173/2019

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el equilibrio de género en las candidaturas propuestas en el ámbito de los asuntos económicos y monetarios de la Unión

11.3.2019-()

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno

Nils Torvalds, Sophia in ’t Veld, Jean Arthuisen nombre del Grupo ALDE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0171/2019

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B8-0173/2019
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B8-0173/2019
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8‑0173/2019

Resolución del Parlamento Europeo sobre el equilibrio de género en las candidaturas propuestas en el ámbito de los asuntos económicos y monetarios de la Unión

()

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea se establece el principio de igualdad entre hombres y mujeres;

B.  Considerando que los presidentes de su Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, en nombre de los grupos políticos, han informado en múltiples ocasiones a lo largo de los años a los presidentes del Consejo Europeo, el Eurogrupo y la Comisión de la falta de diversidad de género en el Banco Central Europeo (BCE), como también en las demás instituciones económicas, financieras y monetarias de la Unión;

C.  Considerando que, mediante carta de 5 de marzo de 2019, el Presidente del Parlamento Europeo, tras una reunión de la Conferencia de Presidentes, solicitó que los presidentes del Consejo Europeo y la Comisión se comprometiesen a garantizar que, en todas las instituciones de la Unión bajo su responsabilidad, se apliquen medidas concretas para garantizar el equilibrio de género, y a velar por que, para todos los procedimientos de selección, se elaboren listas finales de candidatos que sean equilibradas desde el punto de vista de género;

D.  Considerando que, el 7 de marzo de 2011, el Consejo adoptó el Pacto Europeo por la Igualdad de Género para el período 2011-2020;

E.  Considerando que el Parlamento lamenta que las mujeres sigan estando menos representadas en los puestos ejecutivos en el ámbito de la banca y los servicios financieros; que todas las instituciones y organismos de la Unión y de los Estados miembros deben aplicar medidas concretas para garantizar el equilibrio de género;

F.  Considerando que entre los seis miembros del Comité Ejecutivo del BCE solo hay una mujer; que solo hay dos mujeres entre los veinticinco miembros del Consejo de Gobierno del BCE;

G.  Considerando que los presidentes de la Autoridad Bancaria Europea (ABE), la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) son hombres; que entre los tres directores ejecutivos de las Autoridades Europeas de Supervisión (AES) hay una mujer;

H.  Considerando que el presidente del Mecanismo Único de Supervisión acaba de ser sustituido por un hombre, lo que supone que la Junta Única de Resolución es el único órgano de la Unión en el ámbito más amplio de las instituciones financieras y económicas presidido por una mujer;

I.  Considerando que el Mecanismo Europeo de Estabilidad y el Banco Europeo de Inversiones están dirigidos por hombres;

J.  Considerando que solo hay nueve mujeres entre los veintiocho comisarios europeos;

K.  Considerando que siete de los veinte miembros de la Mesa del Parlamento Europeo son mujeres; que hay once mujeres entre los veintitrés presidentes de comisiones del Parlamento;

1.  Hace hincapié en que la diversidad de género en los órganos de dirección y en los gobiernos es garantía de mayor competencia y amplitud de perspectivas, y que contratar únicamente hombres o únicamente mujeres entraña restringir el ámbito de selección y exponerse a desaprovechar candidaturas excelentes;

2.  Lamenta que la Comisión y la gran mayoría de los gobiernos de la Unión no hayan promovido hasta ahora una mayor diversidad de género en las instituciones y órganos de la Unión, en particular en lo que se refiere a los nombramientos de alto nivel en los asuntos económicos, financieros y monetarios; espera que los Estados miembros y las instituciones de la Unión mejoren rápidamente la diversidad de género en los altos cargos;

3.  Pide a los gobiernos de los Estados miembros, al Consejo Europeo, al Eurogrupo y a la Comisión que presenten listas finales de candidatos que incluyan al menos una mujer y un hombre por procedimiento de designación en todas las instituciones y órganos de la Unión;

4.  Subraya que, en el futuro, el Parlamento se opondrá a todos los candidatos, mujeres u hombres, que no se hayan incluido en una lista final de candidatos que sea equilibrada desde el punto de vista de género;

5.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a los Gobiernos de los Estados miembros, a la Comisión, al Banco Central Europeo, al Mecanismo Único de Supervisión, a la Junta Única de Resolución, a la Autoridad Bancaria Europea, a la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación, a la Autoridad Europea de Mercados y Valores y a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros.

Última actualización: 11 de marzo de 2019
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