PROPUESTA DE RESOLUCIÓNsobre el cambio climático: la visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra
11.3.2019-()
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno
Jadwiga Wiśniewska, Zdzisław Krasnodębskien nombre del Grupo ECR
B8-0201/2019
Resolución del Parlamento Europeo sobre el cambio climático: la visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra
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El Parlamento Europeo,
–Vista la Comunicación de la Comisión, de 28 de noviembre de 2018, titulada «Un planeta limpio para todos – La visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra» (),
–Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y su Protocolo de Kioto,
–Vistos el Acuerdo de París, la Decisión 1/CP.21, la 21.ª Conferencia de las Partes (COP21) en la CMNUCC y la 11.ª Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CMP11), celebradas en París (Francia) del 30 de noviembre al 11 de diciembre de 2015,
–Vistos la 24.ªConferencia de las Partes (COP24) en la CMNUCC, el 14.ºperiodo de sesiones de la reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CMP14) y la tercera parte del primer periodo de sesiones de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París (CMA1.3), celebrada en Katowice (Polonia), del 2 al 14 de diciembre de 2018,
–Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS),
–Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2018, sobre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2018 (COP24) en Katowice (Polonia)[1],
–Vistas las conclusiones del Consejo de 22 de marzo de 2018,
–Vistos el informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC) titulado «Global Warming of 1.5ºC» (Calentamiento global de 1,5ºC), su quinto informe de evaluación y su informe de síntesis,
–Visto el noveno informe sobre la disparidad en las emisiones publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, aprobado el 27 de noviembre de 2018,
–Visto el artículo123, apartado2, de su Reglamento interno,
A.Considerando que la COP24 celebrada en Katowice dio lugar a la aprobación del Código normativo de Katowice, que aporta claridad jurídica a la hora de aplicar el Acuerdo de París;
B. Considerando que, tres años después de la histórica conclusión del Acuerdo de París, la capital francesa fue testigo de una fuerte agitación social relacionada con las políticas climáticas; que ello demuestra que las disposiciones sociales son esenciales para limitar las consecuencias económicas negativas de la legislación sobre el clima; que el código normativo de Katowice es un intento de crear una política climática que no deje a nadie atrás;
C. Considerando que la Unión es responsable de menos del 10% de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero (GEI) y no puede alcanzar los objetivos del Acuerdo de París por sí sola; que solo la acción mundial en la que participen las mayores economías del mundo puede contribuir a la consecución de estos objetivos;
D.Considerando que el Acuerdo de París solo fue posible cuando las Partes renunciaron al concepto de descarbonización completa y fomentaron en su lugar el equilibrio entre las emisiones y los sumideros (objetivo de emisión neta cero);
E.Considerando que la estrategia a largo plazo para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de la Unión siempre ha de ir acompañada de una estrategia para apoyar a las regiones gravemente afectadas, en particular las regiones mineras, para que experimenten una transición justa que las ayude a mantener los puestos de trabajo y a obtener ayudas públicas en materia de política climática;
F.Considerando que la política de la Unión a largo plazo para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero debe tener en cuenta las diferentes capacidades de infraestructura de los Estados miembros;
1.Destaca que los ciudadanos europeos ya tienen que enfrentarse a los efectos directos del cambio climático; subraya que, según la Agencia Europea de Medio Ambiente, las pérdidas medias anuales causadas por los fenómenos meteorológicos y climáticos extremos en la Unión ascendieron a unos 12800 millones de euros entre 2010 y 2016;
2.Observa que, según el informe especial del GIECC sobre el calentamiento global de 1,5ºC, limitar el calentamiento global a 1,5ºC con un rebasamiento nulo o limitado requeriría unas transiciones rápidas y de amplio alcance en las infraestructuras energéticas, terrestres y urbanas (incluido el transporte y los edificios) y en los sistemas industriales a una escala sin precedentes, e implicaría una profunda reducción de las emisiones en todos los sectores, una amplia cartera de opciones para lograr la mitigación y un significativo aumento de las inversiones en dichas opciones;
3.Destaca el informe de las Naciones Unidas sobre la disparidad en las emisiones en 2018, en el que se concluye que las actuales contribuciones determinadas a nivel nacional sobrepasan con creces el límite del calentamiento del Acuerdo de París de muy por debajo de 2ºC, y se estima que se llegará en cambio a un calentamiento de 3,2ºC para 2100[2]; destaca la urgencia de que todas las Partes aumenten a su debido tiempo sus compromisos en materia de lucha contra el cambio climático;
4.Toma nota la Comunicación de la Comisión titulada «Un planeta limpio para todos – La visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra», en la que, además de ponerse de relieve las oportunidades y los retos que para los ciudadanos y la economía europeos entraña la transformación hacia una economía de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero, se asientan las bases para un amplio debate que ha de contar con la participación de las instituciones de la Unión, los Parlamentos nacionales, el sector empresarial, las organizaciones no gubernamentales, las ciudades y las comunidades, así como de la ciudadanía; pide al Consejo que acuerde una vía rentable para alcanzar un equilibrio entre emisiones y sumideros, de conformidad con el Acuerdo de París, teniendo en cuenta las distintas capacidades de los Estados miembros;
Vías para la estrategia europea de cero emisiones para mediados de siglo
5.Observa que la estrategia a largo plazo presenta ocho vías con vistas a la transformación económica, tecnológica y social necesarias para que la Unión cumpla el objetivo de temperatura a largo plazo del Acuerdo de París; observa que dos de dichas vías permitirían a la Unión alcanzar un nivel de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero para 2050; pone de relieve que ello requiere una acción rápida y esfuerzos considerables a todos los niveles, desde el local y el regional al nacional y el europeo, y la participación de todos los agentes no pertenecientes al sector público; reconoce que las contribuciones determinadas a nivel regional y las determinadas a nivel local podrían constituir importantes herramientas a la hora de reducir la disparidad de las emisiones; recuerda la obligación de los Estados miembros de adoptar estrategias nacionales a largo plazo, según lo establecido en el Reglamento relativo a la gobernanza[3], que debe guiar la acción de la Unión; recalca el papel de un enfoque de neutralidad tecnológica en el logro de la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, de conformidad con el Acuerdo de París;
6.Señala que, de acuerdo con las estimaciones de la Comisión, se prevé que el PIB de la Unión aumente más de cumplirse las hipótesis que comportan cero emisiones que de hacerlo las hipótesis con una menor reducción de las emisiones, aunque en ambos casos los efectos se extenderían de forma desigual en la Unión debido a las diferencias existentes entre los Estados miembros en aspectos como el PIB per cápita y la intensidad de CO2 de las diferentes combinaciones energéticas nacionales;
7.Señala con preocupación que la dependencia de la Unión de la importación de energía actualmente es del 55% aproximadamente; subraya que, de cumplirse una hipótesis de cero emisiones netas, la dependencia se reduciría a un 20% de aquí a 2050, lo que tendría efectos positivos en la balanza comercial y la posición geopolítica de la Unión;
8.Señala que las vías para alcanzar el objetivo de emisión neta cero incluyen el uso de una serie de tecnologías de eliminación de carbono, en particular la captura y el almacenamiento del carbono y la captura directa del aire, y que aún se deben desplegar a gran escala; considera, no obstante, que la estrategia de cero emisiones netas de la Unión debe dar prioridad a las reducciones directas de las emisiones y a las acciones orientadas a la conservación y mejora de los sumideros y depósitos naturales de la Unión, y solo debe aspirar al uso de tecnologías de eliminación de carbono cuando no se disponga de opciones para la reducción directa de las emisiones;
9.Recalca que, hasta que no se demuestre la viabilidad de dichas tecnologías, toda vía hacia 2050 o más allá de la segunda mitad del siglo debe basarse en la disponibilidad comercial de tecnologías de transición clave, al tiempo que se tienen en cuenta los distintos puntos de partida de los Estados miembros apoyando una transición justa en las regiones con las mayores emisiones de carbono y reduciendo las emisiones de todos los sectores que las generan;
Aspectos sociales del cambio climático y la transición justa
10.Celebra la afirmación de la Comisión de que es posible alcanzar el nivel de cero emisiones netas sin pérdida de empleo neto, y toma nota favorablemente de la detallada evaluación de la transición de las industrias de gran consumo de energía; destaca que, si se gestiona correctamente, con el apoyo adecuado a las regiones, los sectores y los ciudadanos más vulnerables, una transición justa hacia un nivel de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero puede crear un beneficio neto de empleo en la Unión; considera, por tanto, que la Comisión debe llevar a cabo un balance de competencias renovado en el marco del Panorama de cualificaciones de la Unión con datos regionales sobre las capacidades necesarias para lograr una Europa climáticamente neutra con el objetivo de apoyar a las regiones, los sectores y las personas más vulnerables a fin de mejorar sus capacidades con vistas a un empleo de calidad, preparado para el futuro, en las mismas regiones;
11.Subraya que la transición debe ser justa para todos los sectores de la sociedad; señala que esto requiere una concepción de la transición justa que incorpore el impacto negativo y positivo asociado a la acción por el clima acelerada, como la pérdida de puestos de trabajo y las nuevas oportunidades de empleo;
12.Considera que la transición climática europea debe ser ecológica, económica y socialmente sostenible; subraya que, a fin de garantizar la aceptación política por parte de todos los ciudadanos, es importante tener en cuenta los efectos distributivos de las políticas relativas al clima y la descarbonización, en particular para las personas con ingresos bajos; considera, por tanto, que, en todas las políticas climáticas nacionales y de la Unión, deben tenerse plenamente en cuenta las repercusiones sociales, con miras a garantizar la transformación social y ecológica en Europa;
13.Reitera que un cierto grado de flexibilidad en la consecución de una economía neutra desde el punto de vista climático mitigaría los costes sociales, en particular en las regiones dependientes del carbón, y contribuiría a su transformación;
14.Recuerda que aproximadamente entre 50 y 125 millones de ciudadanos europeos corren el riesgo de sufrir pobreza energética[4]; destaca que la transición energética puede afectar de forma desproporcionada a las personas con ingresos bajos y aumentar aún más la pobreza energética; reconoce que la política energética debe incorporar una dimensión social y garantizar que no se deja a nadie atrás; pide a los Estados miembros que emprendan acciones prospectivas para velar por una transición energética justa y el acceso a la energía para todos los ciudadanos de la Unión;
15.Hace hincapié en que la inclusión y la participación de los ciudadanos europeos es vital para hacer posible que Europa alcance un nivel de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero; alienta a todos los niveles de gobierno (nacional, regional y local) a que introduzcan medidas concretas que estimulen y faciliten la participación de los ciudadanos en la transición hacia una sociedad descarbonizada;
Contribución sectorial
16.Hace hincapié en que las emisiones netas deberían reducirse casi a cero en todos los sectores de la economía, que deberían contribuir a los esfuerzos conjuntos en materia de reducción de emisiones; pide, así pues, a la Comisión que desarrolle vías hacia la neutralidad climática de todos los sectores;
17.No obstante, señala que, para lograr una economía de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero, harán falta importantes inversiones complementarias en el sistema energético de la Unión y las infraestructuras conexas, de entre 175000 y 290000 millones de euros al año, con respecto a la situación de referencia actual;
18.Subraya que existen diferentes maneras de alcanzar una economía neutra desde el punto de vista climático, y estima que los Estados miembros deben poder elegir sus vías de transición hacia la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero con arreglo a sus planes estratégicos en materia de energía y clima;
19.Pone de relieve la importancia de las industrias de gran consumo de energía para lograr reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero a largo plazo; considera que mantener el liderazgo industrial de la Unión con bajas emisiones de carbono y la producción industrial en la Unión, al tiempo que se preserva la competitividad de las industrias europeas y se previene el riesgo de fuga de carbono, requiere marcos políticos inteligentes y específicos; pide a la Comisión que presente una nueva estrategia industrial integrada de la Unión en materia de clima para las industrias de gran consumo de energía que respalde una transición competitiva de la industria pesada hacia un nivel de cero emisiones netas;
20.Pide a la Unión que desarrolle una estrategia industrial con medidas que permitan que la industria de la Unión compita a nivel mundial en igualdad de condiciones; estima que, como parte de esta política, la Comisión debe examinar la eficacia y la compatibilidad con las disposiciones de la Organización Mundial de Comercio, así como con las medidas adicionales para proteger las industrias en riesgo de fuga de carbono en relación con las importaciones de productos que sustituyan, adapten o complementen cualquier medida existente sobre la fuga de carbono;
21.Subraya que, dados los distintos puntos de partida para la transición energética, el despliegue de esfuerzos para reducir los gases de efecto invernadero para conseguir la neutralidad climática a escala de la Unión puede quedar repartido de manera desigual dentro de esta;
22.Pide a los Estados miembros que apliquen el paquete sobre energía limpia en el plazo más breve posible; recuerda que los Estados miembros son competentes para decidir su combinación energética dentro del marco de actuación de la Unión en materia de clima y energía;
23.Toma nota de que el informe de la Comisión de 2018 sobre los precios y costes de la energía en Europa[5] subraya la elevada exposición actual de la Unión a los precios volátiles y en aumento de los combustibles fósiles, así como que está previsto que en el futuro los costes de la producción de electricidad aumenten en el caso de los combustibles fósiles y disminuyan en el de las renovables; destaca que los costes de la importación de energía a la Unión aumentaron en 2017 en un 26% y ascendieron a 266000 millonesde euros, principalmente como consecuencia de la subida de los precios del petróleo; señala que el informe calcula que el aumento del precio del petróleo ha tenido un impacto negativo sobre el crecimiento de la Unión (-0,4% del PIB en 2017) y sobre la inflación (+0,6%);
24.Recuerda que el 71% de toda la energía se emplea únicamente para el calentamiento de espacios; coincide con la Comisión en que los hogares eficientes desde el punto de vista energético se convertirán en la norma en una Unión climáticamente neutra, lo cual reportará una mejora de la salud y comodidad a todos los europeos;
25.Destaca el papel crucial de las fuentes de energía renovables y otras fuentes de energía con emisiones bajas en la transición hacia una economía de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero, puesto que la energía es responsable actualmente del 75% de las emisiones de gases de efecto invernadero de Europa;
26.Pide un sistema energético altamente eficiente desde el punto de vista energético basado en fuentes de bajas emisiones que no pongan en peligro la seguridad energética; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que adopten todas las medidas necesarias a este respecto, ya que tendrán efectos indirectos en todos los sectores económicos;
27.Es consciente del papel que se concede a la captura y almacenamiento de carbono (CAC) en la mayoría de hipótesis con un aumento de temperaturas de 1,5ºC del informe especial del GIECC sobre la cuestión; subraya la necesidad de que la Unión muestre mayor ambición en este sentido; destaca asimismo los objetivos fijados por los Estados miembros en el marco del Plan Estratégico Europeo de Tecnología Energética (Plan EETE) para aplicar la CAC a escala comercial en los sectores energético e industrial europeos durante la década de 2020; considera necesario incrementar el uso en los procesos industriales de la captura y utilización del carbono en condiciones seguras para el medio ambiente (CUC) y de la CAC, de modo que generen una reducción neta de las emisiones mediante la evitación de emisiones o el almacenamiento permanente de CO2;
28.Señala que la electrificación de los sectores de la construcción, la industria y el transporte cumplirá una función primordial en la reducción de las emisiones de dichos sectores, lo cual requerirá un futuro suministro de electricidad fiable y una capacidad de almacenamiento mejorada;
29.Subraya la importancia de garantizar una transición modal del transporte aéreo al transporte por ferrocarril, y hacia el transporte público y la movilidad compartida; observa que el transporte por carretera contribuye con aproximadamente un quinto del total de emisiones de dióxido de carbono de la Unión; pide, por tanto, a los Estados miembros y a la Comisión que adopten medidas decisivas para permitir el acceso de los consumidores a vehículos de cero y bajas emisiones en todos los Estados miembros, evitando al mismo tiempo una mayor recurso a vehículos más viejos y contaminantes en los Estados miembros de renta baja; subraya asimismo el papel de las tecnologías inteligentes, como las infraestructuras de carga inteligente, para establecer sinergias entre la electrificación del transporte y el despliegue de las fuentes de energía renovables;
30.Subraya que la Unión debe promover el papel y los esfuerzos de las regiones, ciudades y pueblos; pide a la Comisión que se base en el trabajo del Pacto de los Alcaldes de la Unión, que representa a 200 millones de ciudadanos europeos, y les permita desempeñar un papel catalizador en la futura transición;
Maximización del potencial climático de los bosques en el contexto de una bioeconomía sostenible
31.Apoya una gestión forestal activa y sostenible a escala nacional que se sume a medios específicos al objeto de incentivar una bioeconomía de la Unión eficiente y sostenible atendiendo a las notables posibilidades que encierran los bosques a la hora de contribuir a consolidar las iniciativas de Europa por el clima (mediante los efectos de captura, almacenamiento y sustitución) y alcanzar el objetivo de cero emisiones de aquí a 2050 a más tardar; reconoce la necesidad de adaptarse al cambio climático y de detener la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos en la Unión de aquí a2020; hace hincapié en la necesidad de desarrollar políticas basadas en hechos que ayuden a aplicar y financiar las medidas de conservación de la biodiversidad de la Unión;
32.Destaca la necesidad de lograr que la gestión forestal sostenible sea más competitiva desde un punto de vista comercial y de apoyar medidas prácticas con efectos significativos de almacenamiento y retención, como el uso de la madera como material de construcción tanto en ciudades como en zonas rurales, como sustituta de los combustibles fósiles y como herramienta para una mejor retención del agua;
33.Recomienda que un esfuerzo significativo se centre en el sector agroforestal y en las ganancias reales que se pueden obtener, en términos de ecología y biodiversidad, mediante la incorporación de árboles y vegetación diversa en los terrenos agrícolas de trabajo;
34.Reconoce el potencial positivo de la forestación en Europa; opina, por tanto, que las iniciativas en materia de forestación deben complementarse con iniciativas e incentivos concretos destinados a mejorar el potencial de captura, garantizando y mejorando al mismo tiempo la salud de las tierras forestales existentes, con objeto de obtener beneficios para el clima, para la bioeconomía sostenible y para la biodiversidad; apoya, por consiguiente, la forestación de las tierras agrícolas abandonadas y de producción marginal, la agrosilvicultura y la menor conversión posible de zonas forestales para otros usos de la tierra;
Financiación e investigación
35.Pide la rápida aplicación del Fondo de innovación del RCDE y el inicio de la primera convocatoria de propuestas en 2019, con el fin de impulsar las inversiones en la demostración de tecnologías industriales de vanguardia con bajas emisiones de carbono en una amplia gama de sectores, no solo la producción de electricidad, sino también la calefacción urbana y los procesos industriales; pide que el marco financiero plurianual 2021-2027 y todos sus programas guarden plena coherencia con el Acuerdo de París;
36.Considera que, para que la Unión alcance un nivel de cero emisiones netas, es necesario movilizar cuantiosas inversiones privadas; opina que ello requerirá una planificación a largo plazo, estabilidad normativa y previsibilidad para los inversores, y que, por tanto, la futura normativa de la Unión debe tenerlo debidamente en cuenta;
37.Destaca la importancia de crear un fondo de transición justa, especialmente para las regiones más afectadas por la descarbonización, en particular las regiones mineras, combinado con una consideración general de los aspectos sociales en la financiación actual de la lucha contra el cambio climático; destaca, a este respecto, la necesidad de una amplia aceptación pública de la estrategia a largo plazo, dadas las transformaciones necesarias en algunos sectores;
38.Subraya que el equilibrio geográfico en la distribución del apoyo de los programas de investigación e innovación entre los Estados miembros es fundamental para su contribución eficaz a una economía neutra desde el punto de vista climático;
El papel de los consumidores y la economía circular
39.Hace hincapié en la importancia de que la Unión logre la sustitución no solo de energía, sino también de productos y materiales, es decir, la sustitución de productos y materiales de origen fósil o cuya producción resulte en altas emisiones de carbono por productos procedentes de recursos renovables;
40.Subraya que una gran parte del uso energético y, por tanto, de las emisiones de gases de efecto invernadero está directamente relacionada con la adquisición, el tratamiento, el transporte, la transformación, el uso y la eliminación de recursos; resalta que es posible realizar ahorros muy significativos en cada etapa de la cadena de gestión de recursos; destaca, por consiguiente, que con el aumento de la productividad de los recursos mediante la mejora de la eficiencia y la reducción del despilfarro de recursos a través de medidas como la reutilización, el reciclado y la reelaboración es posible reducir de manera notable tanto el consumo de recursos como las emisiones de gases de efecto invernadero, al mismo tiempo que se impulsa la competitividad y se crean oportunidades de negocio y de empleo; destaca lo rentables que resultan las medidas de la economía circular; subraya que una mayor eficiencia de los recursos y los enfoques de la economía circular contribuirá, junto con el diseño circular de productos, a lograr un cambio en las pautas de producción y consumo y a reducir la cantidad de residuos;
41.Subraya la importancia de la política de productos, como la contratación pública ecológica y el diseño ecológico, que pueden contribuir de forma significativa al ahorro de energía y la reducción de la huella de carbono de los productos, mejorando a la vez la huella de los materiales utilizados y los efectos sobre el medio ambiente en general; hace hincapié en la necesidad de establecer requisitos de economía circular como parte de las normas de diseño ecológico de la Unión, y de ampliar la metodología actual de diseño ecológico a otras categorías de productos aparte de los productos relacionados con la energía;
42.Observa que el éxito de la transición hacia una Europa climáticamente neutra dependerá de la participación y el compromiso de los ciudadanos, lo que puede facilitarse mediante la eficiencia energética y la energía renovable ٳ o las tecnologías renovables próximas;
43.Considera que se debe seguir trabajando en un modelo fiable para medir el impacto climático basado en el consumo; toma nota de que, con arreglo a los modelos existentes, el análisis en profundidad concluye que los esfuerzos de la Unión por reducir las emisiones de su producción se ven contrarrestados de algún modo por las importaciones de bienes con una mayor huella de carbono;
La Unión en la acción mundial por el clima
44.Subraya la importancia de aumentar las iniciativas y el diálogo en los foros internacionales pertinentes, y una diplomacia climática efectiva con el objetivo de estimular decisiones políticas similares que aumenten el nivel de ambición de otras regiones y terceros países, ya que solo una acción global resultará eficaz a la hora de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en todo el mundo;
45.Lamenta que muchas otras grandes economías todavía no estén trabajando en estrategias a largo plazo y que casi no haya debate alguno en otras grandes economías sobre el aumento de las contribuciones determinadas a nivel nacional para ajustarlas al objetivo global en virtud del Acuerdo de París; pide al Consejo y a la Comisión, en este contexto, que intensifiquen la diplomacia climática y adopten otras medidas adecuadas para alentar a otras grandes economías, de modo que puedan lograrse de forma conjunta los objetivos a largo plazo del Acuerdo de París;
46.Destaca las ventajas de reforzar la interoperabilidad entre los instrumentos políticos de la Unión y los equivalentes en terceros países, en particular los mecanismos de tarificación del carbono; pide a la Comisión que prosiga e intensifique la cooperación y el apoyo en el desarrollo de mecanismos de tarificación del carbono fuera de Europa para lograr una mayor reducción de emisiones y la mejora de la igualdad de condiciones a escala mundial; subraya la importancia de establecer salvaguardias medioambientales para garantizar una reducción real y adicional de los gases de efecto invernadero; pide, por tanto, a la Comisión que abogue por unas normas internacionales estrictas y sólidas en relación con el artículo6 del Acuerdo de París, a fin de evitar las lagunas en la contabilidad o el doble cómputo de las reducciones de emisiones;
°
°°
47.Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
- [1] Textos Aprobados, P8_TA(2018)0430.
- [2]Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente: «The Emissions Gap Report 2018» (Informe sobre la disparidad en las emisiones en 2018), p.10.
- [3] Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º663/2009 y (CE) n.º715/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 94/22/CE, 98/70/CE, 2009/31/CE, 2009/73/CE, 2010/31/UE, 2012/27/UE y 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Directivas 2009/119/CE y (UE) 2015/652 del Consejo, y se deroga el Reglamento (UE) n.º525/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 328 de 21.12.2018, p.1).
- [4] http://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/STUD/2015/563472/IPOL_STU(2015)563472_EN.pdf
- [5] https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1548155579433&uri=CELEX:52019DC0001