PROPUESTA DE RESOLUCIÓNsobre la Ley de Seguridad Nacional de la República Popular China para Hong Kong y la necesidad de que la Unión defienda el elevado grado de autonomía de Hong Kong
10.6.2020-()
presentada de conformidad con el artículo132, apartado2, del Reglamento interno
Anna Fotyga, Hermann Tertsch, Charlie Weimers, Raffaele Fitto, Bert‑Jan Ruissen, Nicola Procaccini, Bogdan Rzońca, Ruža Tomašić, Elżbieta Kruk
en nombre del Grupo ECR
Véase también la propuesta de resolución comúnRC-B9-0169/2020
9‑0181/2020
Resolución del Parlamento Europeo sobre la Ley de Seguridad Nacional de la República Popular China para Hong Kong y la necesidad de que la Unión defienda el elevado grado de autonomía de Hong Kong
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El Parlamento Europeo,
–Vistas sus anteriores resoluciones sobre Hong Kong,
–Vista su Recomendación, de 13 de diciembre de 2017, al Consejo, a la Comisión y a la vicepresidenta de la Comisión/alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre Hong Kong, 20años después de la retrocesión[1],
–Vista su Resolución, de 12 de septiembre de 2018, sobre el estado de las relaciones UE-China[2],
–Vista la declaración del vicepresidente de la Comisión/alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), en nombre de la Unión Europea, sobre Hong Kong, de 29 de mayo de 2020,
–Vista la declaración de Dominic Raab, ministro británico de Asuntos Exteriores, Marise Payne, ministra australiana de Asuntos Exteriores, François-Philippe Champagne, ministro canadiense de Asuntos Exteriores, y Michael Pompeo, secretario de Estado de los Estados Unidos, sobre Hong Kong, de 28 de mayo de 2020,
–Vista la Ley Fundamental de la Región Administrativa Especial de Hong Kong (RAEHK), que se adoptó el 4 de abril de 1990 y entró en vigor el 1 de julio de 1997,
–Vista la Declaración Conjunta del Gobierno del Reino Unido y del Gobierno de la República Popular China sobre la cuestión de Hong Kong, de 19 de diciembre de 1984, también denominada Declaración Conjunta Chino-Británica, registrada por los Gobiernos chino y británico en las Naciones Unidas el 12 de junio de 1985,
–Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948,
–Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966,
–Vista la Ley estadounidense sobre los Derechos Humanos y la Democracia en Hong Kong, de 2019,
–Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,
A.Considerando que el Partido Comunista de China ha emprendido una serie de acciones que socavan fundamentalmente la autonomía y las libertades de Hong Kong, así como las propias promesas de China al pueblo de Hong Kong, y suponen una violación directa del Derecho y los tratados internacionales, incluida la Declaración Conjunta Chino-Británica, un tratado internacional registrado en las Naciones Unidas;
B.Considerando que, el 15 de abril de 2020, la Oficina de Enlace de China en Hong Kong declaró que la pandemia de coronavirus y los recientes movimientos de protesta habían puesto de manifiesto la necesidad de adoptar legislación en materia de seguridad nacional en Hong Kong;
C.Considerando que, el 28 de mayo de 2020, durante el tercer período de sesiones de la XIIIAsamblea Popular Nacional (APN), en violación flagrante de la Ley Fundamental, se aprobó una Resolución sobre una Decisión por la que se establecen y mejoran el sistema jurídico y los mecanismos de aplicación de la ley en la Región Administrativa Especial de Hong Kong para salvaguardar la seguridad nacional;
D.Considerando que la Resolución autoriza al Comité Permanente de la APN a adoptar legislación contra el separatismo, la subversión del poder del Estado, el terrorismo y la injerencia extranjera en Hong Kong; que también permite a los órganos de seguridad que dependen del Gobierno central en China establecer sucursales para desarrollar actividades en Hong Kong con el objetivo de prevenir aquellas conductas que ponen en peligro la seguridad nacional y detener y castigar a los autores; que está previsto que la legislación entre en vigor en septiembre;
E.Considerando que la imposición unilateral y arbitraria de la Ley de Seguridad Nacional por parte de China infringe el artículo23 de la Ley Fundamental de Hong Kong, que establece que la RAEHK debe adoptar sus propias leyes de seguridad nacional; que en 2003 el Gobierno local de Hong Kong tuvo que dar marcha atrás en su intento de promulgar una ley en este sentido a raíz de un movimiento de protestas públicas;
F.Considerando que, en una carta publicada en la prensa el 29 de mayo de 2020, la jefa ejecutiva apeló a la total comprensión y el firme apoyo de los ciudadanos de Hong Kong respecto de la Decisión aprobada por la APN, afirmando que esta legislación salvaguarda la seguridad nacional y tiene por objeto permitir a la sociedad encontrar la forma de salir de la situación de estancamiento en la que se encuentra y restablecer la estabilidad lo antes posible, así como reactivar el desarrollo de la economía y de los medios de subsistencia;
G.Considerando que el anuncio de la nueva legislación en materia de seguridad nacional desencadenó protestas en Hong Kong; que la policía usó gas lacrimógeno con objeto de dispersar a los manifestantes; que las protestas del pasado año son el resultado de la desconfianza acumulada entre los ciudadanos de Hong Kong y los Gobiernos de Hong Kong y Pekín a lo largo de las últimas décadas; que, en previsión de la introducción de la nueva legislación china en materia de seguridad, las autoridades de Hong Kong han prohibido por primera vez la conmemoración de las protestas de la plaza de Tiananmen;
H.Considerando que es probable que la nueva legislación, incluida la controvertida Ley del Himno Nacional, suponga una nueva amenaza para los derechos y libertades fundamentales, como la libertad de prensa, el derecho a manifestarse pacíficamente y las libertades de expresión, de reunión y de religión, tal como sucede en China continental;
I.Considerando que la legislación propuesta es contraria a los compromisos contraídos por Hong Kong en materia de derechos humanos como signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y llega en un momento en el que los expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas ya estaban pidiendo al Gobierno de Hong Kong que reformase la legislación contra la sedición y contra el terrorismo para cumplir las normas internacionales;
J.Considerando que las relaciones con la República Popular China deben basarse en el respeto y la confianza mutuos; que esta decisión de China pone en entredicho, además, su voluntad de respetar sus compromisos internacionales;
K.Considerando que Pekín ha bloqueado una reunión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en la que se preveía debatir acerca de esta legislación con el embajador de China ante las Naciones Unidas;
L.Considerando que el artículo27 de la Ley Fundamental garantiza la libertad de expresión, de prensa y de publicación, así como de asociación, reunión y manifestación;
M.Considerando que las libertades de que disfruta Hong Kong han allanado el camino para el éxito económico y social, así como para el desarrollo de una verdadera sociedad civil independiente que participa de manera activa y constructiva en la vida pública de la RAEHK;
N.Considerando que los acuerdos internacionales de derechos humanos y los convenios existentes sobre derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales han seguido siendo aplicables, incluso después del 1 de julio de 1997; que la República Popular China también ha firmado y ratificado diversos acuerdos internacionales por los que se garantizan dichos derechos y, por lo tanto, ha reconocido la importancia y el carácter universal de los derechos humanos;
O.Considerando que la Unión Europea tiene gran interés en que se mantengan la estabilidad y la prosperidad de Hong Kong en virtud del principio de «un país, dos sistemas» y considera muy importante que se preserve el alto grado de autonomía de Hong Kong, de conformidad con la Ley Fundamental y los compromisos internacionales;
P.Considerando que está previsto que se celebren elecciones al Consejo Legislativo de Hong Kong en septiembre de 2020;
1.Expresa su profunda preocupación por la aprobación, el 28 de mayo de 2020, por la APN de la Resolución relativa a una Ley de Seguridad Nacional aplicable en Hong Kong; destaca que la adopción unilateral por parte de China de legislación en materia de seguridad nacional con respecto a Hong Kong es un ataque a la autonomía de la ciudad, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales, y constituye la amenaza más grave para la población de Hong Kong desde la retrocesión en 1997;
2.Subraya que el artículo23 de la Ley Fundamental exige que sea el propio Gobierno de Hong Kong, y no Pekín, el que adopte y promulgue la legislación en materia de seguridad nacional;
3.Alerta de que cualquier intento de imponer una legislación en materia de seguridad nacional que no refleje la voluntad del pueblo de Hong Kong resultaría altamente desestabilizador y pondría en peligro el futuro de Hong Kong como una ciudad internacional abierta;
4.Pide a las autoridades chinas que respeten las obligaciones internacionales de China en virtud de la Declaración Conjunta Chino-Británica; destaca que China debe respetar plenamente la Ley Fundamental y el principio de «un país, dos sistemas»; subraya que China no debe socavar el alto grado de autonomía de la RAEHK; pide a las autoridades chinas que revoquen la Ley de Seguridad Nacional;
5.Denuncia enérgicamente la injerencia constante y creciente de China en los asuntos internos de Hong Kong, así como la reciente afirmación de China de que la Declaración Conjunta Chino-Británica de 1984 es un documento histórico, por lo que ya no tiene validez; destaca que el Gobierno chino está obligado, en virtud de dicha Declaración Conjunta, registrada en las Naciones Unidas como un tratado jurídicamente vinculante, a respetar el alto grado de autonomía de Hong Kong, así como sus derechos y libertades;
6.Subraya que, si Pekín no respeta el Derecho internacional y los acuerdos permanentes en relación con Hong Kong, la confianza quedará mermada y se erosionará aún más la credibilidad de Pekín en la escena internacional;
7.Pide al Gobierno de Hong Kong que ponga fin al enjuiciamiento de los manifestantes pacíficos, los libere y retire todos los cargos existentes contra ellos, incluidos Martin Lee Chu-ming, fundador de Partido Democrático, y el empresario Jimmy Lai, así como todos los detenidos durante las protestas, o antes de que estas se produjeran, por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión;
8.Condena las amenazas de inhabilitación de candidatos para las próximas elecciones al Consejo Legislativo en septiembre; pide a las autoridades de Hong Kong que garanticen que las elecciones al Consejo Legislativo se desarrollarán de manera libre, justa y transparente;
9.Considera que la reacción de la Unión a la represión de Pekín sobre Hong Kong será una de las pruebas más difíciles que tendrá que superar el compromiso declarado de la Unión con la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho;
10.Pide al Consejo y al VP/AR que colaboren con la comunidad internacional para establecer un grupo de contacto internacional sobre Hong Kong;
11.Pide a las instituciones de la Unión que apoyen la creación de un enviado especial de las Naciones Unidas para Hong Kong, encargado de supervisar la autonomía, el Estado de Derecho, las libertades fundamentales y la aplicación de los acuerdos internacionales relacionados con Hong Kong;
12.Insta a la rápida conclusión de las negociaciones sobre un régimen global de sanciones de la Unión, y pide al Consejo que aplique el mecanismo de sanción a las personas, grupos o entidades responsables de violaciones de derechos humanos en Hong Kong;
13.Apoya el firme ejercicio por parte de los residentes de Hong Kong de la libertad de expresión, la libertad de prensa y otras libertades fundamentales previstas en la Ley Fundamental y en la Declaración Conjunta;
14.Pide la inclusión de una cláusula sobre derechos humanos en todas las negociaciones futuras sobre comercio e inversiones con China, incluido el acuerdo global sobre inversiones, así como que se incluyan los derechos humanos y Hong Kong en el orden del día de la próxima Cumbre UE-China;
15.Recuerda que el pleno respeto de la Ley Fundamental de la RAEHK es clave para el desarrollo y un mayor refuerzo y ampliación de las relaciones actuales y futuras con la Unión, y que la intervención en los asuntos internos de Hong Kong puede socavar este principio y, por lo tanto, debe evitarse;
16.Pide a la Unión que defienda el alto grado de autonomía de Hong Kong y que subraye su compromiso con el fortalecimiento de la democracia, en particular el Estado de Derecho, la independencia del poder judicial, las libertades y los derechos fundamentales, la transparencia y la libertad de información y de expresión en Hong Kong;
17.Rinde homenaje a los valientes ciudadanos de China que se reunieron en junio de 1989 en la plaza de Tiananmen de Pekín para pedir reformas políticas, libertades civiles y el fin de la corrupción; pide a los dirigentes del Partido Comunista de China que entablen una investigación y lleven ante la justicia a los responsables de esa brutal y sangrienta represión; insta a las autoridades chinas a que permitan la conmemoración de la masacre de Tiananmen no solo en Hong Kong, sino también en todo el territorio de la República Popular China;
18.Apoya las aspiraciones democráticas del pueblo de Hong Kong, incluido el «objetivo último» de la elección del jefe ejecutivo y de todos los miembros del Consejo Legislativo por sufragio universal, tal como se recoge en la Ley Fundamental; pide al VP/AR que supervise los preparativos de las próximas elecciones al Consejo Legislativo de Hong Kong, así como los propios comicios, para poder reaccionar con rapidez y firmeza en caso de injerencias en dicho proceso democrático, incluida la inhabilitación de candidatos, tal como sucedió en 2016;
19.Pide al VP/AR que coopere estrechamente con países y socios afines, incluidos los Estados Unidos, el Reino Unido, Australia, Japón, Nueva Zelanda, Canadá, Corea del Sur y Taiwán, para detener la erosión de las libertades de Hong Kong e incitar al Partido Comunista de China a que cumpla las promesas realizadas en consonancia con el principio de «un país, dos sistemas», así como sus compromisos en virtud del Derecho y la normativa internacionales;
20.Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, al Servicio Europeo de Acción Exterior y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y los países en vías de adhesión y candidatos, al Gobierno y el Parlamento de la República Popular China y a la jefa ejecutiva y la Asamblea de la Región Administrativa Especial de Hong Kong.